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Condiciones

CONDICIONES GENERALES


1ª) DEFINICIONES.

1) MC Brayumo es la sociedad que, como propietaria del edificio situado en la c/ Vasco Núñez de Balboa, parc. 67 nave 16, en el polígono industrial del Henares, 19180 de Marchamalo, (Guadalajara), cede al cliente el uso del trastero.
2) “Cliente” es la persona física o jurídica a la que MC Brayumo cede el trastero.
3) “Trastero” es el espacio delimitado por paneles de chapa desmontables, destinado al almacenamiento y depósito de mercancías, objetos y bienes muebles no degradables de este contrato y cuyo uso le es cedido por MC Brayumo al cliente.
4) “Precio” es la retribución mensual pactada como contraprestación por el uso del trastero, de las zonas comunes y por las prestaciones ofrecidas por MC Brayumo, como servicio de alarma y punto de luz del trastero.
5) “Normas de Uso” son el conjunto de reglas internas relativas a uso del trastero, del edificio y de sus instalaciones que se entregarán a la firma del contrato y estarán publicadas en la cartelera del edificio.

2ª) OBJETO
2.1) Por medio del presente contrato, MC Brayumo cede al cliente el uso del trastero identificado en las condiciones particulares, por el precio, plazo y demás términos y condiciones precisos tanto en las referidas condiciones particulares como en las presentes Condiciones Generales, ambas integradas en este contrato.

3ª) DESTINO Y USO DEL TRASTERO
3.1) El trastero sólo podrá ser utilizado por el cliente para el almacenamiento de objetos y mercancías enumeradas en las Condiciones particulares de este contrato. Consiguientemente, el uso del trastero para el ejercicio de cualquier otra actividad distinta a la anterior, habilitará a MC Brayumo para disolver unilateralmente este contrato de conformidad con la cláusula 14ª que se dispondrá más adelante. Queda expresamente prohibido utilizar el inmueble como vivienda aunque sea temporalmente, siendo también causa de resolución automática del contrato.
3.2) Queda terminantemente prohibido almacenar en el trastero:

  • comida o artículos perecederos, animales u otros seres vivos, materiales inflamables o combustibles tipo gasolina, aceite, disolventes… materiales peligrosos, que produzcan olores fuertes, materiales tóxicos o cualquier sustancia ilegal u obtenidos ilegalmente o que estén prohibidos por las leyes vigentes, siendo responsable el cliente ante las   autoridades competentes.
  • Objetos o mercancías cuyo valor sea superior al previsto en las condiciones del presente contrato, quedando fuera de cobertura la parte que supere dicho importe.
  • Dinero, joyas u objetos preciosos.

3.3) El cliente declara que los bienes almacenados son de procedencia legal y de su propiedad o que tiene autorización expresa de su propietario o de quien tenga derecho de disposición o administración de los mismos.
3.4) No se pueden utilizar las divisiones ni las paredes del trastero para la utilización de estanterías ni cualquier tipo anclaje sobre las mismas. Tampoco se pueden almacenar en el suelo del trastero ningún material que pueda dañar el pavimento.
3.5) El cliente no puede utilizar la dirección de la nave en la que se encuentran los trasteros como domicilio fiscal, ni recibir correspondencia en la misma.
3.6) El cliente deberá mantener el trastero en perfectas condiciones de limpieza y conservación además de respetar las zonas comunes sin dejar basuras ni objetos en estas zonas.
3.7) MC Brayumo se reserva el derecho de poder inspeccionar el trastero con objeto de comprobar el estricto cumplimiento de las clausulas de este contrato y de la normativa aplicable. Para ello deberá avisar al cliente con un mínimo de 24 horas de antelación, salvo por extrema gravedad.

4ª) ACCESO A LA NAVE POR PARTE DEL CLIENTE
4.1) Solo podrá acceder a la nave y al trastero el cliente o la persona autorizada de forma expresa por este y previo aviso al personal de MC Brayumo y siempre dentro de las normas y horarios establecidos en el Régimen interior de Acceso y uso del Edificio, que el cliente declara conocer. No se permitirá el acceso a ninguna persona no identificada.
4.2) MC Brayumo se reserva el derecho de modificar horarios de apertura o cierre preavisando a los clientes con 48 horas de antelación.
4.3)  El acceso del cliente al edificio se efectuara por medio de un código de acceso que desactivara el sistema de alarma, mientras que el acceso al trastero se efectuara a través de una llave individual y personal que se le otorgara por parte de MC Brayumo, quedando la opción de que el propio cliente pueda instalar su propia cerradura, utilizando siempre un bombillo adaptable a la puerta del trastero ya instalada sin modificar ningún aspecto de la misma ni anclaje o elemento que cambie la estética de los trasteros.
4.4) El cliente podrá, bajo acuerdo entre ambas partes, facilitar una llave a MC Brayumo para custodia de la misma ante un posible olvido, rotura, perdida, etc., que pudiese acontecer al cliente, dándose por entendido que nadie de MC Brayumo podrá acceder al trastero sin la autorización pertinente del cliente, o salvo fuerza mayor.
4.5) Las operaciones de carga y descarga de los objetos y mercancías se realizarán respetando las normas de Régimen interno de acceso y uso de la nave, y las indicaciones del personal de MC Brayumo, todo ello de modo que no impida ni obstaculice el normal uso y funcionamiento de la nave y los trasteros.

5ª) RÉGIMEN DE RESPONSABILIDADES
5.1) El cliente asume las responsabilidades (tanto civil como penal) que pudieran derivarse en los siguientes supuestos:

  • Cualquier tipo de daño, perdida o substracción que puedan sufrir los objetos o mercancías almacenadas en el trastero por causas no imputables a MC Brayumo.
  • Cualquier tipo de daño que los objetos almacenados en su trastero, puedan ocasionar a los otros trasteros, al edificio o las personas que en ellos se encuentren.
  • El almacenamiento en el trastero de objetos antes mencionados en los puntos 3.2 y 3.3.

• Asimismo, el cliente se compromete expresamente frente a MC Brayumo a asumir cualquier reclamación que, en relación con alguno de los supuestos anteriores, pueda serle realizada por un tercero.
MC Brayumo será responsable de la adecuada conservación del edificio y por ello, también de los posibles daños materiales que pudieran sufrir los objetos o mercancías almacenadas en el trastero como consecuencia de cualesquiera defectos constructivos o falta de conservación o mantenimiento del inmueble. Asimismo, MC Brayumo responderá de cualquier tipo de daño, pérdida o sustracción que pudieran sufrir los objetos o mercancías almacenadas en el trastero como consecuencia del incumplimiento por MC Brayumo de las normas de este contrato, y en particular a la vigilancia y seguridad del edificio y los trasteros.
• En ningún caso MC Brayumo asumirá responsabilidad alguna en relación con aquellos objetos o mercancías almacenadas en el trastero, cuyo valor sea superior al previsto en el seguro contratado y especificado en el punto siguiente.

6ª) SEGUROS
6.1) A la firma del presente contrato, MC Brayumo incluye una cobertura de 350 €, por el valor máximo de la mercancía u objetos almacenados en el trastero, sin asumir ningún coste más por el almacenamiento de mercancías u objetos superiores a dicho importe. Esta cobertura solo será válida durante el periodo de duración del contrato y siempre que el cliente se encuentre al corriente de pago de sus cuotas.
6.2) En caso de que el cliente opte por contratar directamente una póliza de seguro distinta a la suscrita por MC Brayumo, deberá acreditar documentalmente a MC Brayumo la existencia de dicha póliza, su cobertura y vigencia, debiendo estar siempre la misma al corriente de pago de la prima correspondiente.

7ª) DURACION DEL CONTRATO
7.1) El contrato tendrá una duración que se reflejará en las condiciones particulares, acordando que dicha duración es de obligado complimiento.
7.2) Una vez vencido el tiempo del contrato se entenderá automáticamente prorrogado por periodos sucesivos de un mes de duración cada uno de ellos, salvo que cualquiera de las partes notifique a la otra, con antelación de, al menos 15 días naturales, su voluntad de no renovar o prorrogar el contrato.
7.3) A la finalización del presente contrato, el cliente deberá devolver la posesión del trastero a MC Brayumo, debiendo encontrarse en ese momento dicho trastero en perfecto estado de conservación, limpio y vacío completamente. En caso de no cumplir estas condiciones, MC Brayumo procederá de conformidad con lo pactado en la cláusula 14ª.
7.4) En el supuesto de que el cliente no cumpliera el plazo de duración acordado en las condiciones particulares, deberá indemnizar a MC Brayumo con una cantidad igual a las mensualidades que quedaran por cumplir de plazo pactado.

8ª) PRECIO Y FORMA DE PAGO
8.1) El precio del alquiler del trastero será pactado por las partes en las condiciones particulares en el que se incluyen la parte de los impuestos vigentes.
8.2) El pago se realizará por períodos mensuales ANTICIPADOS dentro de los 5 días hábiles siguientes al primer día de duración de cada prórroga. El medio de pago será el pactado en las condiciones particulares de este contrato.
8.3) El precio indicado en las condiciones particulares de este contrato ha sido fijado de conformidad con las tarifas publicadas por MC Brayumo, y que están a disposición del público. No obstante, dichas tarifas de precios podrán ser modificadas por MC Brayumo en cualquier momento, sin que el cliente resulte obligado a abonar el nuevo precio antes de que acabe la fecha de extinción del contrato. Una vez finalizado esté, si el cliente renueva el contrato, se entenderá que acepta las nuevas tarifas establecidas por MC Brayumo, siendo obligado el pago de esa nueva tarifa. En caso de que el cliente no este de acuerdo con la subida el contrato quedara extinguido.

9ª) FIANZA
9.1) En garantía del cumplimiento de sus obligaciones y responsabilidades contractuales, el cliente entrega a la firma del contrato a MC Brayumo, en concepto de fianza, el importe equivalente al precio de una mensualidad (IVA no incluido). MC Brayumo deberá restituir al cliente dicha cantidad, sin intereses, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la finalización de este contrato con la forma de pago pactada entre ambos.
9.2) La existencia de esta fianza no podrá servir como pretexto al cliente para no efectuar el pago del precio convenido en las condiciones particulares o de cualesquiera otras cantidades que esté obligado a abonar en virtud del presente contrato.
9.3) MC Brayumo podrá detraer del importe de dicha fianza la cantidad correspondiente a los desperfectos ocasionados por el cliente en el edificio o en el trastero, o en su caso, aplicar dicha cantidad, según proceda, bien al pago del precio convenido en caso de no ser este íntegramente satisfecho, o bien al cobro de indemnización que pudiera corresponderle a MC Brayumo como consecuencia de un incumplimiento contractual del cliente. No obstante, MC Brayumo podrá asimismo reclamar al cliente cualesquiera otras cantidades que, conforme a lo anterior, pudieran exceder del importe de la fianza.

10ª) OBRAS
El cliente no podrá realizar ningún tipo de obras en el trastero.

11ª) RETRASO EN EL PAGO DE LA MENSUALIDAD
Las partes pactan expresamente que cualquier retraso del cliente en el pago del precio convenido superior a 7 días, constituirá inmediatamente a aquél en mora sin necesidad de previa comunicación por parte de MC Brayumo, quedando en este caso facultado MC Brayumo para:

  • Dar por resuelto el presente contrato con los efectos precisados en la cláusula 14ª, reservándose la facultad de exigir al cliente los daños y perjuicios que, en su caso, procedan.
  • Exigir al cliente el pago los intereses por demora sobre las cantidades adeudadas equivalente al interés legal del dinero más 3 puntos porcentuales durante el tiempo que el cliente tarde en ponerse al corriente de pago, más las cantidades que pudieran derivarse en concepto de gastos de administración, bancarios, abogados u otros gastos.
  • Bloquear el acceso a la nave y por consiguiente la apertura del trastero mientras que persista el impago de las cantidades debidas.
  • Suspender la vigencia del seguro contratado por MC Brayumo.

12ª) CESIÓN
Queda prohibida la cesión a terceros de este contrato, así como la cesión del propio trastero a terceros.

13ª) CAUSAS DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Se pacta expresamente como causas de extinción de este contrato las siguientes:

  • La finalización del plazo de duración pactado en las condiciones particulares
  • La falta de pago del precio o el retraso en el mismo por el plazo superior a 30 días
  • La cesión del trastero o del contrato a terceros
  • La realización de obras en el trastero.
  • El almacenamiento en el trastero de objetos o mercancías descritos en los apartados 3.2 y 3.3
  • El uso del local para cualquier otra actividad distinta a la de almacenaje previstas en las condiciones particulares de este contrato.
  • La falta de acreditación de la suscripción del seguro previsto en la cláusula 6ª.

En tales supuestos bastará con que la parte cumplidora comunique fehacientemente a la otra su decisión de dar por resuelto el contrato.

14ª) EFECTOS DE LA EXTINCIÓN
• Habiéndose extinguido el contrato o comunicado al cliente la resolución del mismo, el cliente deberá en un plazo de 3 días, retirar del tratero todas las mercancías y objetos almacenados, dejándolo, libre, limpio y en perfectas condiciones, previo pago a MC Brayumo de las cantidades que, en su caso, se encontrasen pendiente de pago. Transcurrido el referido plazo de 3 días sin que el cliente hubiera procedido conforme con lo anterior, el cliente faculta desde este momento a MC Brayumo para poder abrir por si mismo el trastero y sustituir su cerradura y disponer de él libremente.
• Si en el trastero se encontraran objetos y/o mercancías almacenadas, MC Brayumo queda igualmente facultado por el cliente para, previa confección de un inventario ante dos testigos, trasladar dichos objetos y/o mercancías a otro emplazamiento, comunicándoselo fehacientemente al cliente para que pueda retirarlos, previo pago, en su caso, de las deudas vencidas y no pagadas, los gastos derivados del traslado de los bienes y/o mercancías al nuevo emplazamiento, y las cantidades indicadas en el apartado segundo de la cláusula 13ª. Se considerará realizado correctamente la comunicación indicada, mediante el envío de carta o burofax certificado dirigido al domicilio indicado en la estipulación 15ª, sea recepcionado o no por el cliente.
• Hecha la anterior comunicación fehaciente y trascurrido el plazo de 7 días sin que el cliente hubiera procedido a retirar sus mercancías, el cliente autoriza de forma expresa a MC Brayumo, podrá ponerlas a la venta en subasta pública ante notario y aplicar el producto de la misa a la satisfacción de las cantidades referidas en el párrafo anterior y a los gastos de la venta, o bien, si los costes de la subasta fueran excesivos, a adjudicarse dichos bienes en propiedad en pago de las deudas debidas a MC Brayumo. En caso de venta, el remanente, si lo hubiera, lo consignará o depositará notarialmente MC Brayumo a disposición del cliente.
• Las facultades reconocidas a MC Brayumo en los párrafos precedentes tendrán la consideración de derecho de retención en garantía sobre los objetos y/o mercancías almacenados, derecho que el cliente le confiere expresamente contrato.
• Si MC Brayumo decidiera no hacer uso de su derecho a retirar los objetos y/o mercancías y recuperar la posesión del trastero, el cliente deberá abonarle el precio convenido en las condiciones particulares, así como las cantidades indicadas en el apartado 2º de la clausula 11ª anterior, y ello, hasta el momento en que por si mismo retire los objetos y/o mercancías y deje el trastero libre, vacío y en buen estado de limpieza y conservación.

15ª) NOTIFICACIONES
Las partes designan como domicilio a efectos de notificaciones, las indicadas en las condiciones particulares de este contrato, debiendo ser realizadas dichas comunicaciones por medio de fax, burofax o correo certificado con acuse de recibo.

16ª) JURISDICCIÓN
Ambas partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Guadalajara para cuantas controversias y litigios pudieran derivarse del presente contrato.

Para que así conste y surja efecto, y en prueba de conformidad con todo lo anteriormente expuesto y estipulado, ambas partes firman por duplicado las presentes condiciones generales en el sitio y la fecha indicados en el encabezamiento.

17ª) PROTECCION DATOS PERSONALES

En cumplimiento de lo dispuesto en la LOPD, el cliente queda informado de que los datos personales que en su caso sean recogidos en las condiciones particulares y demás documentación necesaria para proceder a la contratación del arrendamiento del trastero objeto del presente contrato, serán tratados por MC Brayumo, con domicilio en VASCO NUÑEZ DE BALBOA PARC. 67, 19180 MARCHAMALO (GUADALAJARA), con la finalidad de garantizar el adecuado mantenimiento, cumplimiento y control del desarrollo del contrato. Al objeto de mantener los datos actualizados en todo momento, el cliente deberá comunicar a MC Brayumo cualquier notificación en sus datos de carácter personal.
MC Brayumo tratará la información que facilita el cliente con el fin de prestarle el servicio solicitado y realizar la facturación del mismo. Los datos proporcionados se conservarán mientras se mantenga la relación comercial o durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales. Los datos no se cederán a terceros salvo en los casos en que exista una obligación legal.
El cliente únicamente comunicará a MC Brayumo datos de carácter personal adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con las necesidades del objeto del presente contrato, garantizando que dichos datos sean exactos y puestos al día, y obligándose a comunicar a MC Brayumo en el plazo legalmente establecido al efecto aquellos que hayan sido rectificados y/o deban ser cancelados según proceda. El cliente tiene derecho a obtener confirmación sobre si en MC Brayumo se están tratando los datos personales del cliente, por tanto podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación solicitándolo por escrito dirigido a MC Brayumo a la dirección anteriormente indicada.

 


MC Brayumo       El cliente

 


B19292838           DNI:

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Pol. Ind. Henares, Parcela 67 Nave 16
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